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Protocolo para la reactivación de las IC

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A continuación le presentamos unos puntos principales sobre este tema

En la resolución 957 de 2020 del Ministerio de Salud del pasado 16 de junio, se adopta el protocolo general de bioseguridad para mitigar, controlar y realizar el adecuado manejo de la pandemia, el cual establece la posibilidad de desarrollar servicios de preproducción, producción y posproducción de contenidos audiovisuales, cinematográficos y para artes escénicas, así como los oficios de la música fonograbada.

El sector de las artes escénicas y la música se verá beneficiado al permitirse las actividades profesionales que posibilitan la transmisión de obras artísticas y audiovisuales de forma remota, puesto que aún no hay autorización para actividades con público.

La norma informa sobre los siguientes puntos:

  • Capacitación sobre seguridad y salud en el trabajo y del personal, el uso de elementos de protección personal, el distanciamiento físico entre el personal, operación de equipos limitada a personal específico y especializado, así como horarios flexibles.?También?contempla recomendaciones directas para contratistas y empleados, dentro y fuera de las actividades laborales.
  • Se establecen directrices para?realizar actividades de planeación, reproducción, ensayos y rodajes; servicios de maquetas o previsualizaciones; ensayo de roles individuales; servicios de grabación y de posproducción de audio y video.
  • El decreto también?permite que los teatros o salas de conciertos puedan retornar a sus actividades para producir contenidos?de las artes escénicas (música, teatro, danza y circo) sin público. De esta manera, dichos espacios puedan abrir sus escenarios para avanzar en la producción o grabación de sus obras y proyectos artísticos.
  • La resolución especifica que "la implementación del mismo depende de la secretaría o entidad municipal o distrital que corresponda a la actividad económica", por lo que se hace necesario para todos los interesados en reanudar actividades, el llevar a cabo las consultas respectivas con sus autoridades locales para su implementación y las necesidades de vigilancia y control establecidas por cada municipio.
  • La medida establece que las producciones audiovisuales implementen la realización de?actividades de desarrollo y planeación de forma remota, así como pruebas de selección a través de videos o video llamadas de seguimiento.
  • Se establece además, la posibilidad de solicitar a proveedores de servicios la aplicación de protocolos de bioseguridad, la prohibición de compartir dispositivos de comunicación u otras herramientas personales de trabajo y la eliminación de escenas que generen aglomeración de extras.
  •  La resolución contempla recomendaciones de?movilidad, transporte de artistas y colaboradores, la desinfección frecuente de vehículos desaconseja el uso de transporte público, y promueve el uso de formas de transporte alternativas. También prohíbe el consumo de alimentos en sets de grabación, promueve montajes y desmontajes técnicos en días diferentes a la grabación, reglamenta la limpieza y desinfección de todos los elementos utilizados y prohíbe la visita de personal ajeno a las producciones.

Fuentes:

https://www.mincultura.gov.co/prensa/noticias/Paginas/Ya-est%C3%A1-disponible-el-protocolo-para-la-reactivaci%C3%B3n-de-las-industrias-culturales.aspx

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