Nulidad del traslado de régimen pensional
Este servicio abre la puerta al traslado de régimen pensional cuando la Ley ya no lo permite, y aplica para la persona que se encontraba cotizando en el Régimen de Prima Media con Prestación Definida administrado en su momento por el Instituto de los Seguros Sociales hoy Colpensiones o en alguna Caja de Previsión Social o con una Entidad Pública, y se trasladó al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad, esto es a un Fondo de Pensiones Privado, en el que hoy día no obtiene una pensión u obtiene una mesada pensional inferior a la que obtendría si se hubiese quedado con el Instituto de los Seguros Sociales ahora Colpensiones
Categoría
Servicios
Subcategoría
Servicios transversales
Subcategoria 2
Soluciones de gestión empresarial